TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECONFIRMA AUTONOMIA PRESUPUESTARIA JCE

Cuando el Tribunal Constitucional se pronunció en favor de la autonomía económica y financiera de la Junta Central Electoral, como alegó establece el artículo 212 de la Constitución y dispuso que la Dirección General de Contrataciones Públicas no tenía competencia para incidir en sus procesos internos, fortaleció el criterio de que la JCE constituye un órgano extrapoder.
“Preciso es señalar que los órganos extrapoder son creados directamente por la Constitución para actualizar y perfeccionar el principio de la separación de los poderes, los cuales surgen de la necesidad de separar determinadas funciones públicas de los procesos normales del gobierno”, indica la sentencia en su página 26. De igual modo, en la sentencia TC-0305-14 se consigna que la JCE es uno de los órganos constitucionales creados por la Carta Magna del 2010, que le confiere en el referido artículo 212 autonomía con personalidad jurídica e independencia técnica, administrativa, presupuestaria y financiera.

No comments

Powered by Blogger.